miércoles, 28 de agosto de 2013

El TOF5 condena a tres represores, a dos de ellos con penas mínimas y uno de ellos a su casa (¿?)

Los crímenes del circuito Zárate-Campana

Santiago Riveros recibió una pena de 25 años de prisión y se le quitó el beneficio de la detención domiciliaria. Víctimas y querellantes cuestionaron las penas dispuestas para Servando Ortega y Fernando Meneghini, quien quedó libre.

 Por Alejandra Dandan

El Tribunal Oral Federal Nº 5 de San Martín condenó a los tres acusados en el juicio por los crímenes de 29 personas durante la dictadura, militantes políticos y referentes de base del circuito Zárate y Campana. El aspecto más importante del fallo recayó sobre el jefe de Institutos Militares y señor de la vida y de la muerte de Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros: el Tribunal lo condenó a la pena máxima de 25 años de prisión por allanamientos ilegales, robo, privación de la libertad de 28 personas y tormentos de 27. Después de años de pedidos de las querellas y fiscalías, el tribunal le quitó el beneficio de permanecer detenido en su residencia particular del barrio de Belgrano y lo destinó a la cárcel federal de Ezeiza, a sus 90 años. Los montos de las otras dos condenas, en cambio, fueron cuestionados por víctimas y querellantes porque resultaron más bajos de lo esperado.

El ex jefe de la Prefectura Naval de Zárate Servando Ortega, que era juzgado por primera vez, fue condenado a nueve años de prisión. La fiscalía a cargo de Marcelo García Berro había pedido 14 años y las querellas, 25 años, por dos privaciones ilegales de la libertad. El tribunal le mantuvo los “hechos”, pero por razones que no se conocerán hasta tener los fundamentos de la sentencia (previstos para el 25 de septiembre) le adjudicaron una pena menor. El hecho importante, de todos modos, es que modificaron su situación de detención: Ortega estaba excarcelado y caminaba libre por la calle hasta quince minutos antes de la sentencia, ahora quedó en situación de prisión domiciliaria.

El tercer caso, el más polémico, fue el del ex comisario de Escobar Fernando Meneghini, que ya había sido condenado a seis años de prisión en el juicio en el que también se juzgó a Luis Abelardo Patti. Meneghini fue condenado en este caso y, nuevamente, a seis años de prisión. La fiscalía había pedido 14 años y las querellas, 25. Estaba acusado por privaciones ilegales de la libertad y tormentos de un grupo de personas que habían sido alojadas en condiciones inhumanas en las celdas de un camión celular estacionado en el predio de la comisaría. El tribunal mantuvo los cargos de la privación ilegal, pero lo absolvió de los tormentos. El punto que más impactó a las víctimas, porque nadie lo esperaba, es que el veredicto incluyó una orden para dejarlo en libertad: el tribunal entendió que ya cumplió los seis años mientras estuvo bajo prisión preventiva. La condena la cumplió en prisión domiciliaria y, desde ayer, está en libertad.

“Cuando dijeron 25 años a Riveros, dijimos ‘más o menos empezamos bien’. Pero Riveros ya está condenado y es como que esto no cuesta nada, y esperábamos realmente que para los otros imputados las condenas hubiesen sido mayores”, dijo Eva Orifici, una de las sobrevivientes, apenas terminó la audiencia. “Es un pasito”, dijo Daniel Antonio Lagarone, metros más atrás. “No estoy conforme. Darle seis años a Meneghini, darle nueve años con arresto domiciliario a Ortega; eso no es justicia. Nos queda mucho y vamos a seguir luchando por lo que falta.”

La evaluación del fallo tuvo características distintas entre fiscales y querellas. La decisión sobre la libertad de Meneghini será apelada probablemente, lo mismo que el monto de condena para Ortega. Sin embargo, la querella ponderó que todos los acusados hayan sido condenados. “No nos tenemos que olvidar que acá hubo tres condenas”, dijo el abogado Pablo Llonto. Entre los puntos importantes, acentuó la decisión de la cárcel común para Riveros, una medida que la fiscalía y los propios querellantes venían pidiendo en esta jurisdicción desde hace años. “Era un represor que estaba en su casa, y que lo manden al hospital penitenciario de Ezeiza es importante”, dijo Llonto y luego recordó que es “el genocida de mayor edad que va a una cárcel común. Esperemos que sea por mucho tiempo”.

Las evaluaciones también miraron otros puntos. Uno de ellos es un listado que incorporó la sentencia sobre 18 centros clandestinos, muchos de ellos nunca investigados, para que sean analizados por la Justicia de Instrucción. El juicio se caracterizó por echar luz y pruebas relacionadas con un enorme circuito de centros clandestinos que se habilitaron en diversos espacios una vez producido el golpe de Estado y que funcionaron en lugares como un club, un buque, una mansión y hasta una “casa con techo rojo en una isla cerca de Escobar”. El tribunal recogió los datos que aparecieron en el juicio sobre cada lugar, los asoció a distintas víctimas y ordenó investigar.

“Obviamente uno queda con un sabor amargo por el monto de las últimas dos condenas, la de Meneghini y la de Ortega –dijo Llonto–, pero también queda con una pequeña satisfacción al saber que hay un tribunal que les ha dicho a los jueces de instrucción que hay que investigar una enorme cantidad de centros clandestinos de Zárate, Campana, Escobar, Banfield, Moreno y que hay una gran cantidad de víctimas de las que deben investigarse sus casos.” Otro de los puntos destacados de la sentencia fue que separaron parte de las pruebas para que sean investigadas como delitos de índole sexual, y el veredicto determinó que se cometieron delitos contra menores, muchos de ellos dejados en sus casas atados cuando se llevaban a los padres.

Finalmente, otro de los ejes para entender la sentencia son problemas más generales, como la fragmentación de las causas, que no tiene que ver con el Tribunal Oral, sino con los jueces y fiscales de instrucción. “Este es un llamado de atención fuerte a los jueces de todo el país, porque las causas no se pueden seguir enviando con pocas víctimas y pocos represores”, dijo Llonto. “No sólo no van a terminar nunca los juicios, sino que lo que van a conseguir es la impunidad biológica, que es por lo que están trabajando los defensores de estos genocidas. Tratando de que los juicios se armen de esta manera; hay que exigir a la Justicia mayor celeridad y mayor rapidez y mayor agrupación de las causas.”

Pero el propio Tribunal de San Martín despertó extrañas sensaciones a lo largo de las audiencias. El primer día de juicio había varios carteles en la sala. “Area 400 Nunca Más”, podía leerse. O estaban también las imágenes de los desaparecidos de la zona, sostenidas como banderas, como en cada juicio. Se había escuchado el “como a los nazis les va a pasar” cuando los acusados entraron. Pero nada de eso volvió a verse con el correr de las audiencias. Ese día primero, el presidente del tribunal, Alfredo Ruiz Paz, objetó cada uno de los ritos: “Cualquier expresión agraviante o de júbilo no la voy a aceptar”, ordenó. Avisó que, como “comprenderán”, “se impondrán sanciones”. Y cuando algún cartel osó volver a levantarse, el hombre señaló: “¡Por favor!, ¡bajen esos papeles!”.

Ayer no hubo papeles, ni carteles, ni imágenes de los desaparecidos. Alguno logró colar algún escrito en alguna remera. Los jueces entraron a la sala poco después de las 16.20. Los imputados todavía no estaban. Los defensores habían pedido que no estuvieran. Ruiz Paz leyó una resolución en la que disponía lo contrario. En ese momento, la sala osó festejar.

“¡No voy a permitir ninguna expresión!”, dijo el presidente. “¡Cualquiera sea voy a ordenar el inmediato desalojo!”

Los tres acusados entraron. Nadie volvió a decir nada. Ni a cantar con la condena a Riveros ni a gritar con las penas al resto. El juez terminó. Leyó toda la sentencia. Todo el tribunal se retiró. Y entonces llegó el momento. Mientras los represores y el pelo blanco de Riveros iban saliendo, la sala pudo decirlo: “Como a los nazis les va a pasar adonde vayan los iremos a buscar...”.

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